Normativa para concesión de subvenciones a Entidades y Asociaciones Deportivas año 2008. Visto: 31 veces Concejalía de Deportes(BORM nº 12 de 15/01/2008)
I.- Objeto.
Su finalidad es establecer una normativa reguladora de concesión de subvenciones a la organización y desarrollo de actividades físico-deportivas en el término municipal de Cartagena, para aquellas Entidades y Asociaciones Deportivas sin fi n de lucro, que propongan actividades que facilitan el acceso de los ciudadanos a la práctica de la actividad física de las diferentes modalidades deportivas en programas de iniciación deportiva, así como el mantenimiento de equipos en competiciones federadas en sus diferentes niveles, la organización de actividades o manifestaciones deportivas de especial interés y la edición de publicaciones en materia de deporte durante la temporada 2008.
II.- Requisitos de las entidades solicitantes.
1. Entidades, Organizaciones y Asociaciones legalmente constituidas en la Dirección General de Deportes.
2. Que desarrollen actuaciones de la misma índole, que las recogidas en el apartado anterior de la presente convocatoria, en el Término Municipal de Cartagena.
3. Dispongan de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos.
4. Se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Región de Murcia dependiente de la Consejería de Cultura, Juventud y Deportes.
5. Estar al día de las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, según lo dispuesto en la legalidad vigente.
6. Haber justificado técnica y económicamente, a la presentación de la solicitud y en el caso de haberlas percibido, las subvenciones correspondientes a los ejercicios anteriores.
III.- Solicitud de ayudas.
Se presentará solicitud dirigida a la Ilma. Alcaldesa y Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, mediante instancia que será facilitada por este Instituto para su presentación en el Registro de la Concejalía de Deportes por triplicado.
IV.- Documentación.
La solicitud presentada por duplicado y cumplimentada en todos sus puntos, deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
IV-1) Fotocopia del D.N.I. del representante legal de la Entidad o Asociación que firme la solicitud, así como documento acreditativo de la representación que ostenta.
IV-2) Fotocopia de la Cédula de Identificación Fiscal de la Entidad solicitante.
IV-3) Certificación expedida por la Entidad bancaria correspondiente, de la existencia de cuenta abierta a nombre de la Entidad o asociación solicitante, indicando nombre del titular y autorizados.
IV-4) Fotocopia compulsada de los Estatutos de la Entidad solicitante y composición de la actual Junta Directiva conforme figure oficialmente en el Registro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
IV-5) Fotocopia del Certificado de inscripción de la Entidad en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Región de Murcia.
IV-6) Certificación de los proyectos realizados durante los dos últimos años en el Término Municipal de Cartagena, relacionados con el área de actuación objeto de la presente convocatoria. La Asociación deberá tener en su poder dichos proyectos, que podrán ser requeridos a instancias de la Concejalía de Deportes en cualquier momento.
IV-7) Certificado de Hacienda acreditando estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
IV-8) Certificado de estar al día de las cotizaciones a la Seguridad Social.
IV-9) El importe solicitado para cada proyecto no podrá superar el 25 % de la cantidad contemplada en el Presupuesto Municipal para tal fin.
IV-10) Proyecto de la Actividad para la que se solicita subvención, que ha de incluir al menos:
En el caso de solicitud para programas de iniciación deportiva:
a) Denominación de la Actividad.
b) Relación de destinatarios de la actividad: mediante recibos, justificantes o cualquier otro impreso que verifique la participación en el programa. En el caso de que los participantes formen equipos federados, bastará con los documentos de afiliación.
c) Programa técnico con objetivos generales del programa, contenidos a desarrollar, calendario de las sesiones con una breve descripción de objetivos y contenidos específicos por semanas o meses y evaluación y reflexión sobre el grado de consecución de los objetivos, aportando las pruebas de evaluación inicial y final, si existen, de los implicados en la actividad.
d) Relación del personal técnico que interviene en el desarrollo de las actividades y titulación deportiva que ostentan.
e) Relación de Instalaciones Deportivas en las que se desarrollan las actividades.
f) Relación de otras actividades organizadas hasta la fecha.
g) Currículum deportivo de la entidad.
En el caso de programas de mantenimiento de equipos federados:
a) Relación de componentes del equipo, jugadores y técnicos, con copia de ficha federativa u hojas de afiliación colectiva y copia de la titulación de los técnicos.
b) Calendario de competición e instalación deportiva utilizada para las competiciones locales.
c) Calendario de entrenamientos e instalaciones deportivas utilizadas.
d) Resultados obtenidos en la temporada.
e) Currículo deportivo de la entidad.
En el caso de Organización de competiciones y manifestaciones deportivas oficiales incluidas en las federaciones deportivas. O actividades de tipo deportivo con singular interés de cualquier carácter:
a) Objetivos y destinatarios de la actividad.
b) Programa técnico-organizativo diseñado por el personal técnico encargado del desarrollo de la actividad.
c) Calendario realizado o previsto para su ejecución.
d) Relación del personal técnico que interviene en el desarrollo de las actividades y la titulación deportiva o de otro tipo que ostentan y que afecte al desarrollo de la actividad.
e) Relación de instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad.
f) Relación contrastada de otras actividades organizadas con anterioridad.
En el caso de publicaciones en materia de deporte:
a) Título y/o descripción de la publicación.
b) Objetivos y destinatarios.
c) Programa de actuaciones en desarrollo o desarrolladas para la elaboración de la publicación.
d) Relación de personal técnico que interviene en el desarrollo de las actividades y la titulación deportiva y/o de otro tipo que ostenta y que afecte a la realización de la publicación.
e) Relación justificada de otras publicaciones elaboradas con anterioridad.
IV-11) Presupuesto detallado de la actividad para la que se solicita subvención, en el que se recoja cada uno de los conceptos debidamente diferenciados, tanto de gastos como de ingresos.
IV-12) Certificación del Secretario de la entidad solicitante con el visto bueno del presidente, en el que conste si para la actividad o proyecto presentado, para la obtención de subvención en el Servicio de Deportes, se han solicitado otras subvenciones o ayudas económicas de otra Concejalía, Servicio y/o Junta Vecinal del Ayuntamiento de Cartagena, expresando en su caso, el importe de la subvención solicitada y/o concedida.
V.- Plazo de presentación.
El plazo de solicitud de la subvención a partir de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, se realizará desde la última semana de Julio a la tercera semana de Septiembre.
Si al presentar la solicitud, no reuniera los datos exigidos o no viniera acompañada de la documentación necesaria, o si el Proyecto de Actuación presentado, no recogiera los puntos que se especifican en la cláusula IV de las bases, se requerirá al interesado mediante la entrega de modelo de Requerimiento de Subsanación y Mejora de Documentación, para que en el plazo de diez días naturales contados a partir de dicha entrega, subsane los defectos, previniéndole de que, en caso contrario, su solicitud será desestimada.
VI.- Comisión de valoración.
La Comisión de Valoración estará compuesta por:
1. El Concejal Delegado de Deportes.
2. El Coordinador de Actividades Deportivas del Ayuntamiento.
3. La Jefe de Promoción y Gestión de Actividades Deportivas de la Concejalía de Deportes.
4. El Jefe de los Servicios Médicos de la Concejalía de Deportes.
5. Secretario, un funcionario de la Concejalía.
Instruidos los expedientes de subvención, la Comisión de Valoración procederá a valorar los expedientes, que cumpliendo todos los requisitos establecidos en las bases que rigen la Convocatoria, estén completos, así como a distribuir la partida presupuestaria existente para tal fin.
VII.- Criterios de concesión.
Se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes criterios generales, detallándose en la convocatoria los específicos para la valoración objetiva de las circunstancias concurrentes y la ponderación de los mismos.
a) Situación económica de la entidad (presupuesto anual, posibilidades de autofinanciación, obtención de subvenciones públicas, cuotas de los socios, patrimonio, etc.).
b) Trayectoria deportiva de la entidad o del deportista. Implantación en el municipio.
c) Número de personas beneficiadas con la realización del programa o actividad (número de socios, masa social y sectores de población con los que trabaja).
d) Si la actividad o programa es abierto o solo para asociados.
e) Déficit de actividades análogas. Demanda social.
f) Número de deportistas y equipos en activo y el numero de licencias, Grupos, alumnos por grupo, categorías, numero de jornadas y/o actuaciones, desplazamientos, existencia de arbitraje en la actividad, etc.
g) Sectores de población a los que se dirige la actividad (sectores marginados o discriminados por razones culturales, sociales, económicas, urbanísticas o por presentar minusvalías).
h) Características, presupuesto y ámbito de la actividad.
i) Duración (puntuales, de media y larga duración).
j) Consideraciones organizativas (financiación, cualificación y formación del personal, experiencia, etc.).
k) Colaboraciones anteriores con el Servicio Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Cartagena y compromiso de seguir realizándolo. Voluntarios disponibles.
l) Respecto a la equidad en la distribución de ayudas, valoración de todo el apoyo que recibe la entidad solicitante por parte del Ayuntamiento para su volumen de actividad, incluyendo la valoración económica en caso de cesión de instalaciones y/o locales municipal, suministros o cualquier otro recurso necesario.
VIII.- Seguimiento y control.
Aquellos Programas que resulten subvencionados se plasmarán en un Convenio de Colaboración que deberá ser firmado por el representante autorizado de la Entidad, responsable del programa y EL Sr. Concejal de Deportes.
En el mismo se recogerán los derechos y obligaciones de ambas partes y las fórmulas de abono de la subvención así como seguimiento específico del Convenio, estableciéndose para esto último y con el fi n de conocer las actuaciones de la asociación subvencionada reuniones periódicas con la Concejalía de Deportes.
Las Entidades beneficiarias de las subvenciones estarán obligadas a:
2. Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización de las actividades propuestas.
3. Comunicar a la Concejalía de Deportes cualquier modificación que se produzca en el Programa de actuaciones subvencionadas.
4. Hacer constar en la publicidad anunciadora de las actividades del Programa conveniado, la colaboración de la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena.
5. Admitir la presencia y seguimiento, en todas las actuaciones realizadas, de la Concejalía de Deportes. Asistir a las reuniones establecidas para ese fin, así como facilitar la visita al lugar donde desarrollen la/s actividad/es.
6. Devolver el importe de la subvención cuando se haya modificado el fin para el que se concedió sin la previa conformidad de la Concejalía de Deportes, o no se justifique según las normas establecidas en la presente convocatoria en el plazo de tiempo indicado en la misma.
IX.- Justificación.
Finalizada la ejecución del Programa, la Entidad responsable del mismo, presentará un informe donde se especifiquen todos los detalles de su desarrollo:
a) Relación detallada y numerada de las facturas originales o copias compulsadas (según modelo adjunto a solicitud) por el importe total de la cantidad subvencionada.
En el supuesto de que se presenten copias compulsadas de facturas, en los respectivos originales de dichas facturas se reseñará que han sido presentadas a la Concejalía de Deportes para justificar subvención.
b) Memoria del programa subvencionado que incluya:
1. Modelo Anexo I. Registro de Actuaciones/Presupuesto realizados.
2. Evaluación:
- Grado de consecución de los objetivos (objetivos conseguidos/no conseguidos y causa).
- Grado de consecución de las actividades (actividades realizadas/no realizadas y causa).
- Valoración del proyecto presentado, justificando la repercusión del mismo.
c) Material gráfico (fotografías, folletos divulgativos, noticias de prensa, etc), de las actividades realizadas y subvencionadas.
d) Certificado del responsable de la Entidad de la autenticidad de toda la documentación presentada.
e) Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención respecto al concepto subvencionado, destino, cuantía concedida, etc., será debidamente justificada por escrito por la asociación exponiendo los motivos que la produjeron, en un plazo máximo de 15 días naturales a partir de la firma del Convenio.
f) La presentación de la justificación de la subvención se realizará antes del 31 de diciembre del año de la convocatoria.
g) Si al presentar el expediente de justificación, no reuniera los datos exigidos o no viniera acompañado de la documentación necesaria, se requerirá al interesado mediante la entrega de modelo de Requerimiento de Subsanación y Mejora de Documentación, para que en el plazo de 10 días naturales, contados a partir de dicha entrega, subsane los defectos, previniéndole de que en caso contrario se aplicará el punto 5 de la Cláusula VIII de las bases.
PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA NÚMERO 12 DE 15 DE ENERO DE 2008.